Estimadas/os asociadas/os del SINDOC y colegas de la UACh:
Los resultados de nuestra votación sindical de la (aprobación) de la última oferta o (rechazo) huelga, indicaron que NO hubo mayoría absoluta (la mitad más uno de las asociadas/os) para ninguna de las 2 alternativas.
Al regirnos como Sindicato por el Código del Trabajo, en todas nuestras negociaciones colectivas precedentes ha estado vigente esta normativa.
La cláusula que establece el quórum, se ha mantenido incólume desde la época de la dictadura cívico-militar 1987 (ley 18.620),
«Artículo 340.- La huelga deberá ser acordada por la mayoría absoluta de los trabajadores involucrados en la negociación. Si no obtuvieren dicho quórum se entenderá que los trabajadores aceptan la última oferta del empleador.»
hasta la última reforma del año 2017,
Art. 350.- Votación de la huelga. La votación de la huelga se realizará en forma personal, secreta y ante un ministro de fe. Los votos serán impresos y deberán emitirse con las expresiones "última oferta del empleador" o "huelga". La última oferta o la huelga deberán ser acordadas por la mayoría absoluta de los trabajadores representados por el sindicato. Del quórum de votación se descontarán aquellos trabajadores que no se encuentren actualmente prestando servicios en la empresa por licencia médica, feriado legal o aquellos que, por requerimientos de la empresa, se encuentren fuera del lugar habitual donde prestan servicios. De aprobarse la huelga, esta se hará efectiva a partir del inicio de la respectiva jornada del quinto día siguiente a su aprobación.
Art. 352.- Votación que no alcanza los quórum necesarios. En los casos en que no se alcancen los quórum de votación necesarios para que la asamblea acuerde la huelga, el sindicato tendrá la facultad de impetrar la suscripción de un contrato colectivo con las estipulaciones establecidas en el piso de la negociación, conforme al artículo 342, facultad que deberá ejercerse dentro del plazo de tres días contado desde la votación. En caso de no ejercer la facultad señalada en el inciso anterior, se entenderá que el sindicato ha optado por aceptar la última oferta del empleador.
Atentamente
Directiva SINDOC
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